19/04/2024 - Edición Nº1962

Policiales | 26 mar 2020

POLICIALES

Mas detenidos por violar la cuarentena

Los hombres manejaban un camión cargado de piedras. Ambos fueron imputados por el delito de Violar 205 Y 239 del código penal.


Los aprehendidos circulaban en un camión Ford 3000, domicilio colocado XCP-189, con caja volcadora cargada con piedra partida. Se los detuvo en Ruta 205 y calle Perú, incumpliendo la orden del Presidente Alberto Fernández al respecto del Aislamiento obligatorio. 
 
Fueron identificados como 1-PEREZ LEONARDO JESUS (35) con domicilio en Virrey del Pino; y PONCE NICOLAS ROBERTO (31) con domicilio Máximo Paz. 

  
El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado por el Presidente en el Boletín oficial dispone (entre otras medidas), una cuarentena obligatoria de 14 días. En caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento indicado y demás obligaciones establecidas en el presente artículo, los funcionarios o funcionarias, personal de salud, personal a cargo de establecimientos educativos y autoridades en general que tomen conocimiento de tal circunstancia, deberán radicar denuncia penal para investigar la posible comisión de los delitos previstos en los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal. 
 
ARTICULO 205 del Código Penal: Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia. 

 
ARTICULO 239 del Código Penal: Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal.

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