Desde el 1 de enero, ARCA actualizó el piso mínimo por el cual obliga a las entidades a informar transacciones, transferencias, saldos y consumos de clientes.
¿En qué afecta a los consumidores?
En nada. Simplemente, es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.
¿Cuáles son los nuevos montos a partir de enero y qué debe informarse?
Deben informarse las siguientes operaciones sólo si superan los siguientes importes:
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- Total de consumos con tarjetas de débito del país.
- Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
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- Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
- Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
- Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
- Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
- Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
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- Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.