En el marco de los 134 años de historia de la localidad de Uribelarrea, la intendenta municipal estuvo recorriendo el pueblo y hay noticias felices para la comunidad perruna.
Desde Uribelarrea se firmó un decreto donde se promueve la tenencia responsable de mascotas y el cuidado animal. Además, se convocó a los comercios locales a sumarse colocando bebederos y comederos.
Desde hace tiempo en Cañuelas se ha tomado esta modalidad como forma de convivencia. Se puede ver que en el municipio mismo los perros que antes eran de “los callejeros” hoy tienen sus camitas, comederos, tachitos de agua y están castrados. Además, se los puede ver de forma permanente acompañando sobre todo a los oficiales de Transito en sus caminatas diarias por la Avenida Libertad.
También se colocó cartelería para concientizar sobre el MALTRATO ANIMAL en distintos puntos de la ciudad.
Campaña “Menos ruido, más luces”: Continúa vigente la ordenanza Nº 3610/22 que establece un marco regulatorio para el uso, venta y control de la pirotecnia sonora.
Esta ordenanza tiene como objetivo principal la protección de la salud humana y animal, promoviendo el uso de alternativas menos perjudiciales para la población. Entre los puntos más destacados de la normativa se incluyen:
Prohibición de pirotecnia sonora: Solo se permite la comercialización de productos pirotécnicos lumínicos que generen sonidos inferiores a los 65 decibeles (db). Están específicamente restringidos productos como fuentes, morteros, foguetas y bombas que produzcan estruendos superiores a este límite.
Se establecerán multas, decomiso de mercadería y clausura de locales comerciales para los infractores. La Subsecretaría de Ordenamiento y Control Urbano será el organismo encargado de supervisar el cumplimiento de la normativa, con la potestad de clausurar preventivamente durante cuatro días a los comercios reincidentes.
La ordenanza tiene como objetivo la protección de personas vulnerables, como aquellas con patologías sensibles al ruido (autismo, asperger, recién nacidos y personas mayores), así como la consideración del impacto en la salud auditiva y emocional de la población en general y en los animales.
El objetivo de la ordenanza es equilibrar la tradición festiva con la protección de la salud pública y el bienestar animal, regulando estrictamente el uso de la pirotecnia sonora para que las festividades continúen sin poner en riesgo la salud de la comunidad.
(*) PET FRIENDLY: es un término que se utiliza para describir lugares, productos o servicios que son amigables y acogedores para las mascotas.
En el caso de los lugares, significa que permiten la entrada y permanencia de mascotas, como perros, gatos, conejos, peces, entre otros. Los establecimientos pet friendly no solo aceptan a las mascotas, sino que también están preparados para ofrecerles una experiencia única e inolvidable.
El movimiento pet friendly busca fomentar la convivencia entre las personas y sus mascotas, promoviendo una mayor inclusión y consideración hacia los animales en la sociedad.