19/04/2024 - Edición Nº1962

Interés General | 3 sep 2019

SALUD

Prohíben la venta de productos cosméticos con una sustancia dañina para la piel

Se trata de artículos que contienen monómero de metilmetacrilato que se usa en productos para sistema de uñas artificiales. Lo anunció la ANMAT mediante el Boletín Oficial.<br>


La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de productos cosméticos que utilizan una sustancia potencialmente dañina para la piel.
 
Se trata del Monómero de Metilmetacrilato, que se usa en productos para sistema de uñas artificiales.
 
Según explicó la ANMAT en los considerandos de la disposición 7078/2019, "en los sistemas de aplicación, cuando finaliza la reacción de polimerización pueden permanecer trazas del monómero acrílico libre; dicho monómero libre puede generar eventos adversos ante el contacto accidental con la piel, en virtud de su potencial sensibilizante".
 
Entre las afecciones por contacto dérmico que puede desencadenar el uso del monómero se encuentran la dermatitis, edemas, sensación de frío en las extremidades, quemaduras cutáneas, cambios distróficos y pérdida de las uñas.
En tanto, la inhalación de esta sustancia puede provocar asma, narcosis, cefalea, mareos, fatiga, alteraciones del sueño y laringitis.
 
"En casos severos", señala el texto oficial, "puede presentarse somnolencia y depresión de la consciencia".
Además, la ANMAT recordó que está vigente un reglamento para "uso profesional exclusivo" de los productos para sistemas de uñas y convocó a los fabricantes e importadores a modificar la fórmula y el rotulado de los productos.
 
El organismo aseguró que el producto es formulado a base de derivados de ácido acrílico y de ácido metacrílico. 
 
Por ese motivo, se les otorgó un plazo de 90 días corridos para "que las empresas titulares, fabricantes e importadoras de Productos Cosméticos, para la Higiene Personal y Perfumes alcanzadas por la presente disposición procedan con las adecuaciones necesarias e inicien ante la ANMAT el correspondiente trámite de modificación de fórmula cosmética y rótulos, de conformidad con la Resolución (ex M.S. y A.S.) Nº 155/98 y disposiciones complementarias". 

Fuente: ANMAT - PERFIL
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